miércoles, 17 de julio de 2013

CASO DE MALA PRAXIS MEDICA. CIRUGIA ESTETICA.

La justicia condenó a un cirujano a indemnizar  a una mujer que le realizó un implante mamario defectuoso. Después de la operación, la mujer perdió sensibilidad en la piel y quedó con cicatrices.

 
La mala praxis médica constituye un hecho pasible de ser indemnizado, como en este caso.

Una mujer demandó al cirujano que le realizó un implante mamario que resultó en un desastre, dado que la paciente perdió sensibilidad, además de que las cicatrices que le quedaron fueron desmedidas. Por estos motivos, los jueces decidieron que debía ser indemnizada.

Analizando la prueba pericial la jueza concluyó que había existido una “mala práctica” de parte del profesional demandado.

La responsabilidad del médico de cirugía estética radica en que el paciente espera un resultado, puesto que de no prometerse un resultado feliz al paciente, éste no se sometería al tratamiento u operación, ya que se está en presencia de una cirugía estética estrictamente ‘plástica’ que únicamente tienden a embellecer al paciente -como en en este caso.


El perito médico de juicio, refirió que la práctica llevada a cabo por el cirujano demandado no fue la adecuada; que los trastornos de sensibilidad que presenta la paciente son secuelares al compromiso de las terminaciones nerviosas como consecuencia de las complicaciones post-quirúrgicas”.

“Que frente a las complicaciones postoperatorias la prioridad hubiera sido la extracción de las prótesis, esperar un tiempo prudencial para evaluar la evolución favorable de los tejidos, para luego recién reintervenir; que ante la presencia de infección como presentó la paciente, se debe extraer la prótesis y combatir la misma hasta que se restablezcan los tejidos, sin que se reesterilice; que para volver a operar para un nuevo implante se debe esperar, como mínimo, seis meses para observar la evolución local”.


Si sospechas que sufriste una maña praxis, comunícate con nosotros, para asesorarte.

QUE NECESITO PARA RECLAMAR JUDICIALMENTE POR MALA PRAXIS MEDICA?

Para evaluar la existencia de  una mala praxis médica, así como iniciar reclamos judiciales  por los daños y perjuicios, es indispensable contar con la historia Clínica del paciente.


mala praxis medica

Son parte de la historia clínica: estudios médicos (radiografías, ecografías, etc.), certificados médicos, recetas, constancia de atenciones, historias clínicas de atención ambulatoria o de internación. 

No es recomendable que la misma sea pedida por el propio paciente o familiares, ya que la misma puede ser adulterada o mutilada.

Es conveniente que la historia clínica sea obtenida por orden judicial, y certificada por el oficial de justicia interviniente en el secuestro de la misma. A fin de que la prueba sea lo más fidedigna posible.

Esto es fundamental, ya que sobre la historia clínica del paciente se determinará la responsabilidad médica.

Con la Historia Clínica, nuestro médico legista determinará la existencia de responsabilidad médica y el grado de incapacidad resultante, así como también la viabilidad del reclamo.

Con el informe médico-legal, nosotros iniciaremos el reclamo pre-judicial (mediación obligatoria) y en caso de no arribarse a una conciliación con los demandados, posteriormente iniciaremos la demanda judicial por mala praxis médica. 

Esta es la documentación mínima con la cual debemos contar, además necesitaremos otras, que dependerán de cada caso en particular y de quien es la persona que reclama (si es la propia victima o un familiar, si es menor etc.)